Eres extranjero

¿Qué se necesita para alquilar un piso en Barcelona siendo extranjero? ¿Qué documentos se requieren? Te contamos cómo hacerlo

¿Qué documentos te pedirán cómo inquilino extranjero?

Antes de proceder con el contrato de alquiler es conveniente asegurarse de que el extranjero tenga la documentación necesaria para residir en España legalmente. Los ciudadanos de la Unión Europea no necesitan un permiso de trabajo o residencia para vivir en el país, pero los ciudadanos de otros países pueden requerir un visado o permiso de residencia. Solicita al inquilino que te proporcione copias de su pasaporte, NIE o visado y cualquier otro documento que respalde su estatus legal en España.

NIE o pasaporte

Principalmente, debes solicitar el NIE (Número de Identificación de Extranjero)

Análisis de solvencia

Suelen pedirte, el contrato laboral, las 3 últimas, última declaración de la renta (o la equivalente en su país), las trimestrales de IVA e IRPF, etc

Cuenta bancaria en España

Es muy importante que el inquilino extranjero tenga cuenta bancaria española para poder pagar las facturas de suministros y la renta del alquiler.

Alquilar un apartamento en barcelona siendo extranjero

¿Puedo alquilar un piso en España si soy extranjero?

Sí, puedes alquilar sin problema.
No necesitas ser ciudadano español, pero sí deberás poder identificarte correctamente (con NIE o pasaporte).

Normalmente te solicitarán:

  • Pasaporte o NIE
  • Contrato de trabajo o justificante de ingresos
  • Últimas nóminas o ingresos demostrables
  • En algunos casos, referencias o documentación de tu país

Cuanto más clara sea tu situación económica, más fácil será acceder a la vivienda.

No es obligatorio en todos los casos.
Puedes alquilar con pasaporte, aunque tener NIE facilita mucho el proceso (pagos, contratos, suministros, etc.).

Como norma general, el alquiler no debería superar el 30-40% de tus ingresos mensuales.
Si sois dos personas, se tienen en cuenta los ingresos conjuntos.

Sí. En España es obligatorio pagar 1 mes de fianza.
Además, algunos propietarios pueden pedir:

 

  • 1 o 2 meses adicionales
  • Garantías extra si no tienes ingresos en España 

Es muy recomendable.
Te facilitará:

  • Pagar el alquiler cada mes
  • Domiciliar suministros
  • Evitar problemas con transferencias internacionales

Sí, siempre que alquiles con profesionales o propietarios serios.
Asegúrate de:

  • Leer bien el contrato
  • Verificar la vivienda
  • Evitar pagos sin contrato firmado

Sí, siempre que alquiles con profesionales o propietarios serios.
Asegúrate de:

  • Leer bien el contrato
  • Verificar la vivienda
  • Evitar pagos sin contrato firmadoDepende del tipo de alquiler:
    • Larga estancia (vivienda habitual):
      NO. Según la Ley de Vivienda en España, los honorarios de agencia los paga el propietario, no el inquilino.
    • Alquiler temporal:
      👉 . En este caso, es habitual que la agencia cobre comisión al inquilino.

Es cuando alquilas una vivienda como tu residencia habitual.

Se regula por la Ley de Arrendamientos Urbanos y normalmente:

  • Duración mínima de 5 años (si el propietario es persona física)
  • Uso como vivienda principal
  • Mayor protección para el inquilino

👉 Aquí no te pueden cobrar comisión.

Es un alquiler por motivos justificados y no permanentes, por ejemplo:

  • Trabajo temporal
  • Estudios
  • Traslado por unos meses

Suele tener:

  • Duración inferior (meses, no años)
  • Menor protección legal
  • Más flexibilidad en condiciones

👉 Aquí sí pueden cobrarte comisión.